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Para cumplir con la Institución de la Responsabilidad, los Gobiernos deben decidir a través del pleno conocimiento de las situaciones reales y de los intereses de conveniencia de la población porque ella deposita, en el aparato estatal, la convicción de que éste es el centro de residencia de la mayor capacidad de energía y acción para cumplir sus intereses (ya que el concepto de poder rebela, no fuerza, sino capacidad política y potencia social).
Ante la custodia de valores tales como: la vida y la salud, en estrecha relación con el desarrollo científico técnico y las obligaciones contraídas en el Orden Comercial Mundial respecto de los organismos genéticamente modificados, se pone de manifiesto el principio que establece: "cuando mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos".
Como lo Jurídicamente relevante se percibe desde las subjetividades, para actuar desde el Derecho, el Estado debe pedir auxilio a la objetividad y precisión de las ciencias exactas. Así, éstas cumplen su función: la de ser la instancia racional de legitimación de las relaciones sociales existentes y el mecanismo de control de los cambios sociales de modo que sean factor constituyente y, no, descomponente de la realidad social.
Atendiendo a la Bioseguridad, los Gobiernos no pueden aceptar sin analizar a traves del conocimiento científico, los conceptos de seguridad, su aplicación práctica, sus limitaciones, las estrategias alternativas para evaluar los riesgos.
Las adecuadas respuestas las darán:
Ello, teniendo en cuenta que los sujetos de la protección son las poblaciones no solo para asegurarle su calidad de vida sino y sobre todo asegurar su supervivencia.
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