![]() |
![]() |
|||||
| Derecho Alimentario | ||||||
|
Temas relacionados
- Consumidores y Productores
- Alimentos e Industria - Relación salud - alimentos - Rel. salud - alimentos parte 2 - Protocolo de Bioseguridad - Protocolo de Cartagena 2 - Protocolo de Cartagena 3 - Protocolo de Cartagena 4 - Acerca de la autora.
- Términos y condiciones de uso - Política de privacidad - Mapa de zonadiet.com - Contacto - Bibliografía - Otras páginas |
El Estado solo puede actuar desde el Derecho.
Así las Ciencias duras cumplen su función:
Las ciencias deben ser factor constituyente y no descomponente de la realidad social. (Por lo tanto, los comités científicos que se expidan sobre seguridad de la biotecnología, deben estar integrados con un nivel de excelencia, lo cual es primordial, pero sobre todo por expertos que estén libres de intereses extra-científicos).
Este Principio de Precaución, se debe aplicar de manera amplia, así lo prevé el Principio 15 de la Declaración de Río que aunque no es vinculante, tiene un alto valor obligatorio implícito.
"La falta de certeza científica no debe utilizarse como razón para postergar medidas eficaces, en función de los costos, para evitar la degradación del medio ambiente ".
El Estado solo tiene existencia en cuanto de modo permanente e interrumpido realiza acciones. De modo de transformar la posibilidad en realidad.
El Gobierno pone " la realidad. El Acto Adecuado es el realizado en correspondencia con la naturaleza de la "cosa", de modo que no deja nada de ésta en latencia. Una decisión es adecuada cuando es completo el análisis de los elementos que la integran.
Es cierto que el Principio de Precaución plantea serias dificultades doctrinarias, al ser volcado al Derecho Positivo, entre otras razones por:
En parte por los avances científico-tecnicos, por la planetarizacion de los intercambios pero sobre todo para no impedir la operabilidad económico- comercial.
Pasa a ser Riesgo insignificante: "es aquel sobre el cual hay una certeza razonable de que no produzca efectos perjudiciales. Es conocido con la sigla "ALARA".
En los tubos de ensayo, algunos, no presentan diferencias, pero al Derecho le interesa la seguridad inmediata y mediata en la interacción con el medio ambiente, no lo que se ve bajo la campana de cristal.
Pero la ciencias exactas parecen seguir al mercado y la ciencia jurídica debe convalidar, a posteriori, las relaciones en virtud de su expedición.
Como ejemplo, en el Art.5.3 del Acuerdo Sobre Normas Sanitarias y Fitosanitarias, Acuerdo Multilateral que forma parte del Acuerdo General Sobre Mercancías de la OMC El Principio de Precaución es ralentizado: Establece:
"Al aplicar el principio de precaución se deben tener en cuenta factores económicos pertinentes"
Tambien En el Acuerdo TBT, "Obstáculos Técnicos al Comercio" ,que trata de asegurar la transparencia en el desarrollo y aplicación de las medidas restrictivas al comercio en base a medidas equivalentes y a la armonización, establece que: los Estados pueden dictar medidas preventivas pero condicionadas a que sean reglamentarias, es decir que provengan del Poder Ejecutivo por lo que son excepcionales, y de manera transitoria guardando principios de: sustitución, proporcionalidad y de causalidad.
Es decir:
Dijo Albert Einstein:
|
|
||||
Las opiniones vertidas son responsabilidad de sus respectivos autores. No mencionamos algo de su interés? Encontró algún problema en esta página? Haga click aqui para Contactarnos La utilización de este sitio implica la aceptación de los términos y condiciones. Absolutamente prohibida la copia y/o reproducción total o parcial de los contenidos de esta página. ©1999-2007 Zonadiet.com - Todos los derechos reservados. |
||||||